ANÁLISIS SOBRE EL NOMBRAMIENTO DE PEDRO SÁNCHEZ COMO PRESIDENTE DE GOBIERNO EN ESPAÑA

En España, el Presidente de Gobierno es el jefe de Gobierno a quien le corresponde dirigir la acción del ejecutivo y coordinar las funciones de los demás miembros (Vicepresidente, Gabinete, Direcciones, Secretarías). Su investidura se realiza en el Congreso de los Diputados, (cámara baja de las Cortes Generales) y es juramentado por el Rey.

La elección del Presidente del Gobierno se realiza en forma indirecta (como en Estados Unidos), a través de elecciones al Congreso de los Diputados que se llevan a cabo cada cuatro años. El Congreso de los Diputados electo se reúne en sesión constitutiva dentro de los veinticinco días siguientes a las elecciones. Posteriormente, mediante el proceso de investidura, el Rey propone a un candidato que debe recibir la confianza del Congreso de los Diputados para poder ser nombrado presidente del Gobierno por el Rey como establece la Constitución en su artículo 99 que es del tenor siguiente:

Artículo 99.

1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.

2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.

3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.

5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Ahora bien, tenemos que el actual Presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, presentó una moción de Censura del anterior Presidente Mariano Rajoy, al tenor del artículo 113 de la Constitución Española:

Artículo 113.

1.          El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.

2.          La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.

3.          La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.

4.          Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.

Lo que llevó a su destitución y entrada el 02 de junio del 2018 como Presidente de Gobierno substituto a Pedro Sánchez, quien, no obstante la petición para que convocara a elecciones dado que el pueblo no lo había elegido, éste se rehusó y concluyó el período restante del ex mandatario Mariano Rajoy.

No fue sino hasta que concluyó el periodo de sustitución, que se convocaron a elecciones, donde Pedro Sánchez no logró obtener mayoría, de modo que se fueron a unas segundas elecciones donde nuevamente no obtuvo mayoría, por lo que en términos del artículo 99.5 de la Constitución Española, se disolvieron las cámaras y se ordenó una nueva elección, la cual tuvo lugar el 07 de enero del 2020, donde Pedro Sánchez obtuvo la mayoría requerida, para lo cual previamente se alío con el Partido Unidos Podemos para gobernar en Coalición, a quien le concedió la Vicepresidencia a cargo de Pedro Iglesias, así como algunas otras concesiones, de modo que al alcanzar la votación ha sido nombrado Presidente de Gobierno, investidura que ha sido ya otorgada por el Rey.

En conclusión, Pedro Sánchez tramitó y obtuvo una Moción de Censura, al amparo del artículo 113 de la Constitución Española, con lo cual logró destituir al Presidente Mariano Rajoy, ocupando así el cargo de Presidente interino a partir del 02 de junio del 2018, y una vez concluido el período restante del Presidente destituido, convocó a elecciones, en cuya primera y segunda vuelta no obtuvo la mayoría, de modo que aplicando el artículo 99.5 Constitucional, se disolvieron las cámaras y se convocaron a nuevas elecciones donde el Rey volvió a nombrar a Pedro Sánchez como su candidato, quien mediante un gobierno de coalición (lo que no ocurría desde 1936) con el Partido Unidos Podemos, obtuvo la mayoría por dos votos (167 a favor, 165 en contra) y por ende, ocupa ya el cargo de Presidente de Gobierno, entregando la Vicepresidencia a Pedro Iglesias y los Ministerios de Igualdad, Trabajo, Universidades y Consumo.

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