conciencia jurídica
Volumen XI
Carta Editorial
En un México marcado por la “tormenta perfecta” que debilitó la división de poderes y el Estado de Derecho, la figura de Carlos Manzo emerge como símbolo de honestidad y valor. Este editorial reflexiona sobre la demolición institucional, la crisis de seguridad y la urgencia de recuperar un país fundado en justicia, libertad y gobernantes que realmente amen a la nación.
El derecho a decidir en México
La SCJN consolidó entre 2021 y 2023 un nuevo parámetro constitucional que reconoce el derecho a decidir y declara inconstitucional la penalización del aborto, obligando a jueces y legisladores a garantizar su acceso efectivo en todo México.
Prisión preventiva oficiosa
El proyecto de la SCJN propone limitar la aplicación automática de la prisión preventiva oficiosa y permitir su revisión cuando la medida no tenga más de dos años, exigiendo justificación caso por caso conforme a presunción de inocencia y proporcionalidad.
SCJN invalida la prisión vitalicia
La Suprema Corte declaró inconstitucional la prisión vitalicia al resolver el Amparo Directo 27/2015, al considerar que vulnera la dignidad humana, impide la reinserción social y constituye un trato cruel e inhumano. Este criterio reafirma la obligación del Estado de garantizar medios reales para la reintegración de las personas sentenciadas.
La libertad de expresión en internet
El Amparo en Revisión 1/2017 consolidó un estándar histórico: la SCJN determinó que bloquear sitios web constituye una restricción extrema a la libertad de expresión en internet y sólo puede ordenarse con control judicial y proporcionalidad estricta.
Matrimonio igualitario en México
La tesis jurisprudencial 1a./J. 43/2015 de la SCJN declaró inconstitucionales las leyes que limitaban el matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer o lo ligaban a la procreación. A partir del principio de igualdad y no discriminación, reconoció que las parejas del mismo sexo tienen derecho a contraer matrimonio y a formar familia en condiciones de plena dignidad jurídica.
Compensación económica en el divorcio
La tesis 1a./J. 36/2024 de la SCJN reconoció que el trabajo doméstico y de cuidados tiene valor económico en el divorcio, aun cuando la ley local no lo prevea. Estableció que la compensación procede para corregir un desequilibrio patrimonial derivado de dedicarse al hogar, pudiendo alcanzar hasta el 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio.